RESOLUCIÓN No.4-2004 (CEIE)

 

EL COMITÉ EJECUTIVO DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

 

CONSIDERANDO:

 

 

Que el Plan de Trabajo para la Integración Económica aprobado por la Reunión de Presidentes Centroamericanos el 23 de febrero de 2004, contempla como una acción para avanzar en el establecimiento de la Unión Aduanera, la incorporación al libre comercio y por tanto, la exclusión del Anexo “A” del Tratado General de Integración Económica Centroamericana de los productos incluidos en el mismo;

 

Que los Gobiernos han alcanzado acuerdo para la incorporación al libre comercio del café tostado entre Honduras y Guatemala y Honduras y El Salvador, por lo que es necesario dictar la decisión correspondiente,

 

 

POR TANTO:

 

 

Con fundamento en los artículos III y V del tratado General de Integración Económica Centroamericana y 7, 36, 37, 39, 42, 55 y Transitorio III del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-,

 

 

RESUELVE:

 

  1. Incorporar al libre comercio en las relaciones bilaterales entre HONDURAS y EL SALVADOR y entre HONDURAS y GUATEMALA, el CAFÉ TOSTADO, fracción arancelaria 0901.2 y, por tanto, eliminar dichas limitaciones del Anexo “A” del Tratado General de Integración Económica Centroamericana.

                                        

  1. La presente Resolución entra en vigencia treinta días después de la presente fecha y será publicada por los Estados Parte.

 

San Salvador, El Salvador, 29 de julio de 2004.

 

 

 

 

Alberto Trejos

Ministro de Comercio Exterior

de Costa Rica

Yolanda Mayora de Gavidia

Ministra de Economía

de El Salvador

 

Marcio Cuevas Quezada

Ministro de Economía

de Guatemala

 

 

Norman García

Ministro de Industria y Comercio

de Honduras

 

Mario Arana Sevilla

Ministro de Fomento, Industria y Comercio

de Nicaragua