RESOLUCION No.2-97 (COMIECO-II)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACION ECONOMICA

CONSIDERANDO:

1. Que mediante Resolución No. 55-95 (CONSEJO XIII) y No. 13-95 (COMRIEDRE II), se aprobaron los listados de bienes que deben tener DAI de 1% por tratarse de bienes de capital no producidos y materias primas no producidas necesarias para la producción centroamericana, respectivamente.

2. Que el Comité de Política Arancelaria, en su reunión celebrada en Managua, Nicaragua, los días 19 al 21 de marzo del corriente año, conoció las propuestas del Grupo Técnico Arancelario y las solicitudes de modificación al Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, presentadas por los Estados Parte;

3. Que como resultado de sus deliberaciones, el Comité de Política Arancelaria acordó elevar a este foro una propuesta de modificación al Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano;

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA); 37, 38 y 39 del Protocolo de Guatemala al Tratado General de Integración Económica Centroamericana; y 6, 7 literal c), 9, 12, 15, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,

RESUELVE:

1. Aprobar las modificaciones al Arancel Centroamericano de Importación, conforme se consigna en el anexo de la presente Resolución, el cual forma parte integrante del anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, y cobrarán vigencia de conformidad con el calendario de desgravación de cada país.

2. La presente Resolución entrará en vigencia treinta días después de la presente fecha y será publicada en los Estados Parte.

San Pedro Sula, Honduras, 28 de julio de 1997

 

José León Desanti Montero
Ministro de Economía, Industria y
Comercio de Costa Rica

Rolando Alvarenga
Viceministro en Representación del
Ministro de Economía de El Salvador

Juan Mauricio Wurmser
Ministro de Economía
de Guatemala

Fernando García Rodríguez
Ministro de Industria, Comercio y
Turismo de Honduras

Noel Sacasa Cruz
Ministro de Economía y Desarrollo
de Nicaragua

 

MECJ/Original-DMC=28/07/97/Grabado-DI=11/07/97

ANEXO DE RESOLUCION No.2-97 

CODIGO

DESCRIPCION

DAI

05021000

Cerdas de cerdo o de jabalí y sus desperdicios

1

37032000

Los demás, para fotografía en colores (policroma)

1

38247100

Que contengan hidrocarburos acíclicos perhalogenados únicamente con flúor y cloro

1

38247900

Las demás

1

39239020

Sujetadores de envases (por ejemplo para "six-packs")

1

39239094

Bandejas provistas con más de 200 cavidades, utilizadas para la siembra de semillas (almácigos)

1

11051000

Harina, sémola y polvo

1

72103000

Cincados electrolíticamente

1

80050000

HOJAS Y TIRAS, DELGADAS, DE ESTAÑO (INCLUSO

IMPRESAS O FIJADAS SOBRE PAPEL, CARTON,

PLASTICO O SOPORTES SIMILARES), DE ESPESOR

INFERIOR O IGUAL A 0.2 mm (SIN INCLUIR EL

SOPORTE); POLVO Y ESCAMILLAS, DE ESTAÑO

1

83099030

Tapas de diámetro superior o igual a 40 mm pero inferior o igual a 51 mm

1

85299090

Otros.

1