RESOLUCIÓN No. 37–99 (COMIECO XIII)

EL CONSEJO DE MINISTROS DE INTEGRACIÓN ECONÓMICA

CONSIDERANDO:

Que durante su XI Reunión se aprobaron los lineamientos a los Directores de Integración Económica y Relaciones Comerciales para la elaboración de los proyectos de los Reglamentos de Medidas de Normalización y Gestión Metrológica y Medidas Sanitarias y Fitosanitarias, para regular las relaciones comerciales intrarregionales;

Que la XVII Reunión de Viceministros de Economía y Comercio Exterior conoció las propuestas de los Directores de Integración y Comercio Exterior, habiendo aprobado los proyectos de los Reglamentos sobre Medidas de Normalización, Metrología y Procedimientos de Autorización y de Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios, recomendando al Consejo la aprobación de los respectivos reglamentos.

POR TANTO:

Con fundamento en los artículos 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la ODECA y 7, 26, 36, 37, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana -Protocolo de Guatemala-,

RESUELVE:

  1. Aprobar el Reglamento Centroamericano de Medidas de Normalización, Metrología y Procedimientos de Autorización y el Reglamento Centroamericano sobre Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios, en la forma que aparecen como anexos uno (1) y dos (2) de esta Resolución.

  2. Los reglamentos aprobados en el numeral anterior entrarán en vigor treinta (30) días después de la presente fecha.

San José, Costa Rica, 17 de septiembre de 1999

Samuel Guzowski
Ministro de Comercio Exterior
de Costa Rica 

Miguel Ernesto Lacayo
Ministro de Economía
de El Salvador

José Guillermo Castillo Villacorta
Viceministro de Economía
Ministro en Funciones de Guatemala

Reginaldo Panting
Ministro de Industria y Comercio
de Honduras

Noel Sacasa Cruz
Ministro de Fomento, Industria
y Comercio de Nicaragua

FE DE ERRATAS

La Secretaría de Integración Económica Centroamericana, -SIECA, hace constar que en el Reglamento Centroamericano de Medidas de Normalización, Metrología y Procedimientos de Autorización –Anexo 1 de la Resolución No. 37-99 (COMIECO-XIII)-, en los artículos 11 y 13 aparecen los errores que deben corregirse en la forma siguiente:

Página 8, artículo 11, tercera línea, dice: artículo 9..., debe decir: artículo 10, ...

Página 9, artículo 13, los párrafos que siguen al párrafo 2 están numerados 4, 5, 6 y 7. Lo correcto es que dichos párrafos estén numerados como 3, 4, 5 y 6, respectivamente.

Guatemala, 21 de octubre de 1999

Anexo 1: Reglamento Centroamericano de Medidas de Normalización, Metrología y Procedimientos de Autorización

Anexo 2: Reglamento Centroamericano sobre Medidas y Procedimientos Sanitarios y Fitosanitarios