RESOLUCION No 31-96 (COMRIEDRE V)

 

EL CONSEJO DE MINISTROS RESPONSABLES DE LA
INTEGRACION ECONOMICA Y DESARROLLO REGIONAL

 

 

 

CONSIDERANDO:

 

1. Que mediante Resolución 13-95 (COMRIEDRE II) se estableció el listado de bienes que deben tener DAI de 1% por ser materias primas para la producción centroamericana.

 

2. Que el Comité de Política Arancelaria en su última reunión revisó los listados de bienes que aparecen con tarifa de 5%, habiendo elevado a consideración de este foro una propuesta para adicionar rubros al listado de bienes con DAI de 1%, con el propósito de posibilitar más la competitividad de los sectores productivos;

 

 

 

POR TANTO:

 

Con fundamento en los artículos 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), y 6, 7, 9, 12, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano;

 

 

 

RESUELVE:

 

1. Adicionar al listado aprobado mediante Resolución 13-95 (COMRIEDRE II), los productos incluidos en el Anexo de la presente Resolución que forma parte integrante de ésta, los que deberán incorporarse al Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.

2. La presente Resolución inicia su vigencia dentro de los treinta días después de la presente fecha o en la que corresponda en cada país de conformidad con su respectivo programa de desgravación y deberá ser publicada en los Estados Parte.

 

 

San Salvador, El Salvador, 8 de agosto de 1996

 

Geovanny Castillo Artavia

Viceministro en Representación

del Ministro de Economía, Industria

y Comercio de Costa Rica

Eduardo Zablah Touché

Ministro de Economía

de El Salvador

 

Eduardo Sperisen Yurt

En Representación del Ministro de

Economía de Guatemala

 

Sergio Nuñez

En Representación del Ministro de

Economia y Comercio de Honduras

 

Pablo Pereira Gallardo

Ministro de Economía y Desarrollo

de Nicaragua

 

 

 

Mecj/Original-DMC=8/08/96/Grabado-DI=6/05/1997 -16:11:42

 

 

 

ANEXO RESOLUCION No. 31-96 (COMRIEDRE V)

 

 

CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA

 

 

05100000 AMBAR GRIS, CASTOREO, ALGALIA Y ALMIZCLE;

CANTARIDAS; BILIS, INCLUSO DESECADA; GLANDULAS Y

DEMAS SUSTANCIAS DE ORIGEN ANIMAL UTILIZADAS PARA

LA PREPARACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS,

FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O CONSERVADAS

PROVISIONALMENTE DE OTRO MODO 1

05119110 Huevas y lechas 1

07119010 Setas y demás hongos. 1

12021010 Para siembra. 1

12022010 Para siembra. 1

13019000 Las demás 1

15042000 Grasas y aceites de pescado y sus fracciones,

excepto los aceites de hígado. 1

15043000 Grasas y aceites de mamíferos marinos y sus

fracciones. 1

15051000 Grasa de lana en bruto (suarda o suintina). 1

15059000 Las demás. 1

20079910 Pastas de pera, manzana, albaricoque (damasco,

chabacano) o melocotón (durazno), para

transformación industrial, en envases de contenido

neto superior o igual a 5 kg 1

25010010 Cloruro sódico con un mínimo de 99.9% de pureza 1

28289090 Otros. 1

29051200 Propan-1-ol (alcohol propílico) y propan-2-ol

(alcohol isopropílico) 1

29181900 Los demás. 1

29232000 Lecitinas y demás fosfoaminolípidos. 1

29251900 Los demás. 1

32062000 Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de

cromo. 1

32081010 Pinturas esmalte anticorrosivas de secado al

horno, para recubrir láminas metálicas 1

 

CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA

 

 

32081020 Barniz para artes gráficas 1

32081030 Barniz sin colorear, especial para el curado del

cemento en la construcción de carreteras 1

32082010 Barniz para artes gráficas 1

32082020 Barniz sin colorear, especial para el curado del

cemento en la construcción de carreteras 1

32089010 Disoluciones definidas en la Nota 4 de este

Capítulo 1

32089020 Barniz para artes gráficas 1

32089030 Barniz sin colorear, especial para el curado del

cemento en la construcción de carreteras 1

32089040 Barniz o pintura sanitarios epoxifenólicos 1

32100010 Pigmentos al agua preparados para el acabado del

cuero 1

32121000 Hojas para el marcado a fuego. 1

32110000 SECATIVOS PREPARADOS. 1

32151920 Para corrección de negativos en las artes gráficas 1

32151930 Para impresión serigráfica. 1

32159000 Las demás. 1

35051020 Almidón pregelatinizado o esterificado. 1

39171000 Tripas artificiales de proteínas endurecidas o de

plásticos celulósicos. 1

39207110 Celofán, sin impresión 1

39207300 De acetato de celulosa. 1

39207900 De los demás derivados de la celulosa. 1

39211400 De celulosa regenerada. 1

40169210 Cortadas a tamaño, para lápices 1

45031000 Tapones. 1

45039000 Las demás. 1

45041000 Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y

revestimientos similares de pared, de cualquier

forma; cilindros macizos, incluidos los discos 1

45049000 Los demás. 1

70101000 Ampollas. 1

70111000 Para alumbrado eléctrico. 1

 

CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA

 

 

70112000 Para tubos catódicos. 1

70119000 Las demás 1

70120000 AMPOLLAS DE VIDRIO PARA TERMOS O DEMAS RECIPIENTES

ISOTERMICOS AISLADOS POR VACIO 1

70172000 De otro vidrio con un coeficiente de dilatación

lineal inferior o igual a 5x10-6 por Kelvin,

entre 0° C y 300° C 1

70179000 Los demás 1

70182000 Microesferas de vidrio con un diámetro inferior o

igual a 1 mm 1

70193100 "Mats" 1

72222000 Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío. 1

72223000 Las demás barras. 1

72224000 Perfiles. 1

72230000 ALAMBRE DE ACERO INOXIDABLE. 1

72281000 Barras de acero rápido (de corte rápido o de alta

velocidad) 1

72282000 Barras de acero silicomanganeso 1

72283000 Los demás barras, simplemente laminadas o

extrudidas en caliente. 1

72284000 Las demás barras, simplemente forjadas. 1

72285000 Las demás barras, simplemente obtenidas o acabadas

en frío. 1

72286000 Las demás barras. 1

72287000 Perfiles. 1

72291000 De acero rápido (de corte rápido o de alta

velocidad) 1

72292000 De acero silicomanganeso 1

72299000 Los demás 1

73052000 Tubos de entubación ("casing") del tipo de los

utilizados para la extracción de petróleo o gas 1

73061000 Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o

gasoductos 1

 

 

 

CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA

 

 

73062000 Tubos de entubación ("casing") o de producción

("tubing"), del tipo de los utilizados para la

extracción de petróleo o gas 1

74071000 De cobre refinado. 1

74072100 A base de cobre-cinc (latón). 1

74072200 A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de

cobre-níquel-cinc (alpaca). 1

74072900 Los demás 1

81122000 Cromo. 1

81123000 Germanio. 1

81124000 Vanadio. 1

81129900 Los demás. 1

83089000 Los demás, incluidas las partes. 1

83099010 Tapas de aluminio, del tipo "abre-fácil" 1

83111000 Electrodos recubiertos para soldadura de arco, de

metal común 1

83112000 Alambre "relleno" para soldadura de arco, de metal

común 1

83113000 Varillas recubiertas y alambre "relleno" para

soldar al soplete, de metal común 1

85452000 Escobillas. 1

90183110 Descartables 1

90183200 Agujas tubulares de metal y agujas de sutura. 1

90183910 Equipos para venoclisis 1

96035010 Cepillos que constituyan partes de máquinas o

aparatos. 1

96039010 Escobillas para lápiz borrador 1

96061000 Botones de presión y sus partes 1

96089910 Puntas de esfera, para bolígrafo 1

96089920 Cubiertas (cuerpos) para bolígrafo 1

96089930 Puntillas para rotuladores o marcadores 1

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