EL CONSEJO DE MINISTROS RESPONSABLES DE LA
INTEGRACION ECONOMICA Y DESARROLLO REGIONAL
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Resolución 13-95 (COMRIEDRE II) se estableció el listado de bienes que deben tener DAI de 1% por ser materias primas para la producción centroamericana.
2. Que el Comité de Política Arancelaria en su última reunión revisó los listados de bienes que aparecen con tarifa de 5%, habiendo elevado a consideración de este foro una propuesta para adicionar rubros al listado de bienes con DAI de 1%, con el propósito de posibilitar más la competitividad de los sectores productivos;
POR TANTO:
Con fundamento en los artículos 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA), y 6, 7, 9, 12, 22, 23 y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano;
RESUELVE:
1. Adicionar al listado aprobado mediante Resolución 13-95 (COMRIEDRE II), los productos incluidos en el Anexo de la presente Resolución que forma parte integrante de ésta, los que deberán incorporarse al Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
2. La presente Resolución inicia su vigencia dentro de los treinta días después de la presente fecha o en la que corresponda en cada país de conformidad con su respectivo programa de desgravación y deberá ser publicada en los Estados Parte.
San Salvador, El Salvador, 8 de agosto de 1996
| Geovanny Castillo Artavia Viceministro en Representación del Ministro de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica |
Eduardo Zablah Touché Ministro de Economía de El Salvador
|
| Eduardo Sperisen Yurt En Representación del Ministro de Economía de Guatemala
|
Sergio Nuñez En Representación del Ministro de Economia y Comercio de Honduras
|
Pablo Pereira Gallardo Ministro de Economía y Desarrollo de Nicaragua |
|
Mecj/Original-DMC=8/08/96/Grabado-DI=6/05/1997 -16:11:42
ANEXO RESOLUCION No. 31-96 (COMRIEDRE V)
CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA
05100000 AMBAR GRIS, CASTOREO, ALGALIA Y ALMIZCLE;
CANTARIDAS; BILIS, INCLUSO DESECADA; GLANDULAS Y
DEMAS SUSTANCIAS DE ORIGEN ANIMAL UTILIZADAS PARA
LA PREPARACION DE PRODUCTOS FARMACEUTICOS,
FRESCAS, REFRIGERADAS, CONGELADAS O CONSERVADAS
PROVISIONALMENTE DE OTRO MODO 1
05119110 Huevas y lechas 1
07119010 Setas y demás hongos. 1
12021010 Para siembra. 1
12022010 Para siembra. 1
13019000 Las demás 1
15042000 Grasas y aceites de pescado y sus fracciones,
excepto los aceites de hígado. 1
15043000 Grasas y aceites de mamíferos marinos y sus
fracciones. 1
15051000 Grasa de lana en bruto (suarda o suintina). 1
15059000 Las demás. 1
20079910 Pastas de pera, manzana, albaricoque (damasco,
chabacano) o melocotón (durazno), para
transformación industrial, en envases de contenido
neto superior o igual a 5 kg 1
25010010 Cloruro sódico con un mínimo de 99.9% de pureza 1
28289090 Otros. 1
29051200 Propan-1-ol (alcohol propílico) y propan-2-ol
(alcohol isopropílico) 1
29181900 Los demás. 1
29232000 Lecitinas y demás fosfoaminolípidos. 1
29251900 Los demás. 1
32062000 Pigmentos y preparaciones a base de compuestos de
cromo. 1
32081010 Pinturas esmalte anticorrosivas de secado al
horno, para recubrir láminas metálicas 1
CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA
32081020 Barniz para artes gráficas 1
32081030 Barniz sin colorear, especial para el curado del
cemento en la construcción de carreteras 1
32082010 Barniz para artes gráficas 1
32082020 Barniz sin colorear, especial para el curado del
cemento en la construcción de carreteras 1
32089010 Disoluciones definidas en la Nota 4 de este
Capítulo 1
32089020 Barniz para artes gráficas 1
32089030 Barniz sin colorear, especial para el curado del
cemento en la construcción de carreteras 1
32089040 Barniz o pintura sanitarios epoxifenólicos 1
32100010 Pigmentos al agua preparados para el acabado del
cuero 1
32121000 Hojas para el marcado a fuego. 1
32110000 SECATIVOS PREPARADOS. 1
32151920 Para corrección de negativos en las artes gráficas 1
32151930 Para impresión serigráfica. 1
32159000 Las demás. 1
35051020 Almidón pregelatinizado o esterificado. 1
39171000 Tripas artificiales de proteínas endurecidas o de
plásticos celulósicos. 1
39207110 Celofán, sin impresión 1
39207300 De acetato de celulosa. 1
39207900 De los demás derivados de la celulosa. 1
39211400 De celulosa regenerada. 1
40169210 Cortadas a tamaño, para lápices 1
45031000 Tapones. 1
45039000 Las demás. 1
45041000 Bloques, placas, hojas y tiras; baldosas y
revestimientos similares de pared, de cualquier
forma; cilindros macizos, incluidos los discos 1
45049000 Los demás. 1
70101000 Ampollas. 1
70111000 Para alumbrado eléctrico. 1
CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA
70112000 Para tubos catódicos. 1
70119000 Las demás 1
70120000 AMPOLLAS DE VIDRIO PARA TERMOS O DEMAS RECIPIENTES
ISOTERMICOS AISLADOS POR VACIO 1
70172000 De otro vidrio con un coeficiente de dilatación
lineal inferior o igual a 5x10-6 por Kelvin,
entre 0° C y 300° C 1
70179000 Los demás 1
70182000 Microesferas de vidrio con un diámetro inferior o
igual a 1 mm 1
70193100 "Mats" 1
72222000 Barras simplemente obtenidas o acabadas en frío. 1
72223000 Las demás barras. 1
72224000 Perfiles. 1
72230000 ALAMBRE DE ACERO INOXIDABLE. 1
72281000 Barras de acero rápido (de corte rápido o de alta
velocidad) 1
72282000 Barras de acero silicomanganeso 1
72283000 Los demás barras, simplemente laminadas o
extrudidas en caliente. 1
72284000 Las demás barras, simplemente forjadas. 1
72285000 Las demás barras, simplemente obtenidas o acabadas
en frío. 1
72286000 Las demás barras. 1
72287000 Perfiles. 1
72291000 De acero rápido (de corte rápido o de alta
velocidad) 1
72292000 De acero silicomanganeso 1
72299000 Los demás 1
73052000 Tubos de entubación ("casing") del tipo de los
utilizados para la extracción de petróleo o gas 1
73061000 Tubos del tipo de los utilizados en oleoductos o
gasoductos 1
CODIGO DESCRIPCION GU ES HO NI CR CA
73062000 Tubos de entubación ("casing") o de producción
("tubing"), del tipo de los utilizados para la
extracción de petróleo o gas 1
74071000 De cobre refinado. 1
74072100 A base de cobre-cinc (latón). 1
74072200 A base de cobre-níquel (cuproníquel) o de
cobre-níquel-cinc (alpaca). 1
74072900 Los demás 1
81122000 Cromo. 1
81123000 Germanio. 1
81124000 Vanadio. 1
81129900 Los demás. 1
83089000 Los demás, incluidas las partes. 1
83099010 Tapas de aluminio, del tipo "abre-fácil" 1
83111000 Electrodos recubiertos para soldadura de arco, de
metal común 1
83112000 Alambre "relleno" para soldadura de arco, de metal
común 1
83113000 Varillas recubiertas y alambre "relleno" para
soldar al soplete, de metal común 1
85452000 Escobillas. 1
90183110 Descartables 1
90183200 Agujas tubulares de metal y agujas de sutura. 1
90183910 Equipos para venoclisis 1
96035010 Cepillos que constituyan partes de máquinas o
aparatos. 1
96039010 Escobillas para lápiz borrador 1
96061000 Botones de presión y sus partes 1
96089910 Puntas de esfera, para bolígrafo 1
96089920 Cubiertas (cuerpos) para bolígrafo 1
96089930 Puntillas para rotuladores o marcadores 1
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