EL CONSEJO DE MINISTROS RESPONSABLES DE LA
INTEGRACION ECONOMICA Y DESARROLLO REGIONAL
CONSIDERANDO:
1. Que mediante Resolución 7-95 (COMRIEDRE I), del 1 de septiembre de 1995, aprobó el sistema de banda de precios aplicable al maíz, sorgo y arroz.
Que el gobierno de Honduras, ha emprendido un programa de apoyo a la agricultura, dentro del cual contempla la aplicación de banda de precios para los grañones y sémolas de maíz, harina de maíz, grano trabajado de maíz, fécula y almidón de maíz.
RESUELVE:
1. Adicionar al numeral 1 de la Resolución 7-95 (COMRIED -I), los grañones y sémolas de maíz (11.03 1300), harina de maíz (11.02 2000), grano trabajado de maíz (11.04 0230) y fécula y almidón de maíz (11.08 1200).
2. La presente Resolución entrará en vigencia dentro de los 30 días de la presente fecha, con la publicación en el respectivo Diario Oficial de los Estados Miembros
San Salvador, El Salvador, 16 de octubre de 1996
| José Leon Desanti Montero Ministro de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica
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Eduardo Zablah Touché Ministro de Economía de El Salvador
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| Juan Mauricio Wurmser Ministro de Economía de Guatemala
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Fernando García Rodríguez Ministro de Economía y Comercio de Hondras
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Eduardo Belli en Representación del Ministro de Economía y Desarrollo de Nicaragua |
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