RESOLUCION No 51-96 (COMRIEDRE-VII)
EL CONSEJO DE MINISTROS RESPONSABLES DE LA
INTEGRACION ECONOMICA Y DESARROLLO REGIONAL
CONSIDERANDO:
Que el Comité de Política Arancelaria en sus reuniones celebradas en San José, Costa Rica, los días 4 a 6 de septiembre y en Guatemala, del 7 al 10 de octubre y del 11 al 13 de noviembre del corriente año, conoció las propuestas del Grupo Técnico Arancelario y las solicitudes de modificación al Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano, presentadas por los Estados Parte;
Que como resultado de sus deliberaciones, el Comité de Política Arancelaria acordó elevar a este foro una propuesta de modificación al Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano para que, en base al Capítulo VI del indicado Convenio, las apruebe:
POR TANTO:
Con fundamento en los artítuclos 18 del Protocolo de Tegucigalpa a la Carta de la Organización de Estados Centroamericanos (ODECA) y 6, 7 literal c), 8, 12, 15, 22, 23, y 24 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano;
RESUELVE:
Aprobar las modificaciones al Arancel Centroamericano de importación, conforme se consigna en el Aenxo de la presente Resolución, el cual forma parte integrante del Anexo A del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
La presente Resolución iniciará su vigencia dentro de los treinta días siguientes a la presente fecha, con su publicación en cada Estado Parte.
Guatemala, 20 de noviembre de 1996.
Geovanny Castillo Artavia en Representación del Ministro de Economía, Industria y Comercio de Costa Rica
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Eduardo Zablah Touché Ministro de Economía de El Salvador
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Juan Mauricio Wurmser Ministro de Economía de Guatemala
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Sergio Núñez en Representación del Ministro de Economía y Comercio de Honduras |
Pablo Pereira Gallardo Ministro de Economía y Desarrollo de Nicaragua |
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Mecj/Original-DMC=20/11/96/Grabado-DI=14/08/97 - 16:10:23
ANEXO RESOLUCION No. 51-96 (COMRIEDRE-VII)
MODIFICACIONES AL
ARANCEL CENTROAMERICANO DE IMPORTACION