RESOLUCION No. 55-95 (CONSEJO XIII)
EL CONSEJO ARANCELARIO Y ADUANERO CENTROAMERICANO
CONSIDERANDO:
La necesidad de acelerar el ritmo de crecimiento de la economía de todos los países de la región centroamericana y de promover acciones que posibiliten el aumento de la competitividad de los sectores productivos, así como diversificar la oferta exportable de la región que permita lograr su adecuada inserción en la economía internacional.
POR TANTO:
En uso de las facultades que le confieren los artículos 6, 7, 12 y 26 del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano,
RESUELVE:
Modificar el Arancel Centroamericano de Importación bajando al uno por ciento (1%) los Derechos Arancelarios a la importación (DAI) de los bienes de capital que se consigna en el Anexo de la presente resolución, los cuales deberán incorporarse al Anexo "A" del Convenio sobre el Régimen Arancelario y Aduanero Centroamericano.
Autorizar a los países a aplicar dicha medida a partir del 1 de abril de 1995.
Dado en la ciudad de San Salvador, República de El Salvador, a los treinta días del mes de marzo de mil novecientos noventa y cinco.
Eduardo González
Castillo |
Eduardo Zablah Touché
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J. Delmer Urbizo Panting |
Pablo Pereira
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Marco Antonio Vargas
Díaz |
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